Glosario
TRÁFICO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Volumen de vehículos, peatones, o productos que pasan por un punto especifico durante un periodo determinado.
TRÁNSITO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Es la movilización de personas, animales o vehículos por una vía pública o privada abierta al público.
TRANSPORTE
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Es el traslado de personas, animales o cosas de un punto a otro a través de un medio físico.
VEHÍCULO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público.
VEHÍCULO DE EMERGENCIA
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor debidamente identificado e iluminado para transitar a velocidades mayores que las reglamentadas con objeto de movilizar personas afectadas en salud, prevenir o atender desastres o calamidades, o actividades policiales, debidamente registrado como tal con las normas y características que exige la actividad para la cual se matricule.
VEHÍCULO DE SERVICIO DIPLOMÁTICO O CONSULAR
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor destinado al servicio de funcionarios diplomáticos o consulares.
VEHÍCULO DE SERVICIO OFICIAL
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor destinado al servicio de entidades públicas.
VEHÍCULO DE SERVICIO PARTICULAR
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor destinado a satisfacer las necesidades privadas de movilización de personas, animales o cosas.
VEHICULO DE SERVICIO PÚBLICO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor homologado, destinado al transporte de pasajeros, carga o ambos por las vías de uso público mediante el cobro de una tarifa, porte, flete o pasaje.
VEHÍCULO DE TRACCIÓN ANIMAL
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo no motorizado halado o movido por un animal.